Qué dice la ley
Gestación subrogada en México: marco legal y criterio de la Suprema Corte
En México no existe una ley federal de gestación subrogada. Dos estados la regulan de forma expresa (Tabasco y Sinaloa), algunos la prohíben y la mayoría no tiene norma específica. El 3 de febrero de 2026 la Suprema Corte de Justicia de la Nación fijó un criterio obligatorio para la Ciudad de México: con un contrato formalizado ante notario y consentimiento libre e informado de todas las partes, un juez puede ordenar al Registro Civil expedir el acta de nacimiento a nombre de los padres intencionales. Esta página resume ese marco con lenguaje claro; no sustituye la asesoría de un abogado.
Última actualización: 3 de septiembre de 2026 · Información general, no asesoría profesional.
Un mapa por estados
- Regulación expresa: Tabasco y Sinaloa incluyen la gestación subrogada en su legislación civil o familiar, con requisitos para la gestante y los padres intencionales. Sinaloa, por ejemplo, prevé un rango de edad, al menos un hijo previo y valoraciones de salud.
- Prohibición o nulidad: algunas entidades, como Coahuila, Querétaro y San Luis Potosí, contienen disposiciones que anulan estos acuerdos.
- Sin norma expresa: el resto de los estados, incluida la Ciudad de México. Ahí el reconocimiento de la filiación se ha resuelto caso por caso ante jueces, y desde 2026 con el criterio de la Corte.
Por eso importa en qué ciudad opera el programa y dónde nacería el bebé: el trámite posterior al nacimiento cambia según el estado.
El criterio de la Suprema Corte (febrero de 2026)
Al resolver la contradicción de criterios 159/2025, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación fijó, por siete votos contra dos, un criterio obligatorio sobre cómo debe reconocerse la filiación de una niña o niño nacido por gestación subrogada en la Ciudad de México. En resumen:
Contrato ante notario
El acuerdo entre la gestante y los padres intencionales debe formalizarse ante notario público antes de iniciar el proceso.
Revisión por un juez
Las partes presentan el contrato voluntariamente ante un juez, quien verifica que no exista engaño, coacción ni explotación, y que el consentimiento de la gestante sea libre, previo e informado, con pleno conocimiento de riesgos, consecuencias y alcances.
Acta de nacimiento
Verificado lo anterior, el juez ordena al Registro Civil expedir el acta con los padres intencionales como progenitores, garantizando el derecho a la identidad del recién nacido.
La Corte subrayó que el contrato no puede implicar sometimiento patrimonial ni dominación sobre la gestante y debe contener salvaguardas contra la explotación. También aclaró que su criterio no sustituye la facultad de los congresos locales de legislar.
Otros criterios relevantes
- Acción de inconstitucionalidad 16/2016 (2021): la Corte revisó la regulación de Tabasco y reconoció la gestación subrogada como una técnica de reproducción asistida protegida por los derechos reproductivos, siempre que se garanticen los derechos de la gestante y del menor.
- Amparo en revisión 63/2024 (2025): fijó condiciones para acuerdos tramitados por amparo, entre ellas asesoría independiente para la gestante, respeto a su autonomía corporal y vínculo genético de al menos uno de los padres intencionales.
Qué significa esto para ti como gestante
- El contrato es obligatorio y se firma ante notario. Debes recibir copia completa y tiempo para revisarla; tienes derecho a asesoría legal independiente.
- Tu consentimiento debe ser libre e informado. Nadie puede presionarte, ocultarte riesgos ni condicionarte económicamente.
- Puedes preguntar al programa en qué estado se haría el trámite de filiación y con qué abogados.
- Si un programa no puede explicar la ruta legal por escrito, es una señal para detenerte.
Fuentes
- SNDIF (Gobierno de México): resolución de la SCJN en la contradicción de criterios 159/2025 — fuente oficial, febrero de 2026
- Expansión Política: qué dice la Corte sobre la gestación subrogada, lineamientos para CDMX — 12 de febrero de 2026
- La Jornada: Corte fija procedimiento legal para la gestación subrogada ante ausencia de legislación — 3 de febrero de 2026
- Suprema Corte de Justicia de la Nación — consulta de sentencias y comunicados